lunes, 23 de abril de 2007

ALIMENTACIÓN LABORAL

Hoy 23 de abril, el Senador Carlos Bianchi presentó un proyecto de ley que pretende imponer, a los empleadores, deberes de alimentación para sus trabajadores.

El siguiente, es el fundamento que explica el comentado proyecto:
"La alimentación de los trabajadores es de vital importancia para su desempeño y rendimiento, de manera que toda medida que apunte a su desarrollo, es naturalmente digna de una moción como la presente.
En efecto, diversos estudios y seminarios se han realizado en torno a este tema, generando claros consensos sobre la idea del párrafo anterior, destacando además como conclusión que otorgar importancia a este tema en la industria pasa por comprender que invertir en el capital humano es invertir en la empresa y en el desarrollo del país.
En este orden de cosas, uno de los temas que más llama la atención es el de las enfermedades no transmisibles, entre ellas el exceso de peso. Según fuentes del Ministerio de Salud, en Chile, el 60% de la población mayor de 17 años tiene sobrepeso, mientras que 3,4 millones de personas son obesas, cifra que llegaría a 4 millones en el 2010. Existen ciertas iniciativas públicas que la combaten, como la Estrategia Global contra la Obesidad, del Ministerio de Salud.
Existen también algunas iniciativas en el extranjero que se hacen cargo de abordar los estándares mínimos de alimentación. Un ejemplo de ellas, es el Programa de Alimentación al Trabajador (PAT), instituido en Brasil durante 1976, el cual tiene por objeto mejorar la situación nutricional de los trabajadores con el fin de promover el cuidado de su salud y de evitar las enfermedades profesionales. Aunque motivado con fines distintos (terminar con el hambre de sectores vulnerables de trabajadores brasileños) y por ello orientado a una población especialmente débil, considerando incentivos y aportes fiscales, ejemplos como el de dicho programa deja en claro que la incidencia productiva de la alimentación de los trabajadores es un aspecto que preocupa y motiva la intervención de diversos sectores de un país, públicos y privados.
Una muestra de la vigencia del tema, son las palabras del dirigente gremial Bruno Philippi, Presidente de la Sociedad de Fomento Fabril (SOFOFA) quién señaló: “un trabajador bien alimentado presenta una mayor motivación laboral y aumenta su capacidad física e intelectual, lo que conlleva un mayor rendimiento y competitividad en la empresa”.
Por otra parte, la Organización Mundial de la Salud también considera que una adecuada alimentación puede elevar la productividad nacional hasta en un 20%, asociándola además, a la disminución de licencias médicas y reducción de las tasas de accidentabilidad, lo que implica elevar la competitividad de las empresas, aumentar el PIB y los ingresos fiscales.
El marco jurídico laboral vigente no establece la obligación, salvo en ciertos contratos especiales (como de trabajador de casa particular puertas adentro, de embarco, temporeros y de artes y espectáculos en ciertos casos), de alimentación para al trabajador, sin perjuicio del espacio de tiempo para ello. No obstante lo anterior, es usual la práctica de otorgar beneficios adicionales de alimentación, entre los cuales figura dicho concepto.
El objetivo del presente proyecto de ley es regular la calidad e idoneidad de la alimentación que recibe el trabajador obligatoriamente, así como también incorporar dicho concepto a aquellos convencionalmente pactados con el empleador individual o colectivamente."


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