miércoles, 20 de mayo de 2015

AUTODESPIDO LABORAL

NO RENUNCIE, AUTODESPÍDASE

Algunas breves referencias sobre el AUTODESPIDO
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1.- El Auto despido no es lo mismo que renunciar al trabajo
2.- En el Auto despido el trabajador pone término a su contrato, generando a su favor derechos, como los de la indemnización por años de servicio. En el caso de la renuncia no es así.
3.- El auto despido debe ser fundado. No es por que sí. Sino que debe fundarse en alguna causal que la ley señale.
4.- Las causales para autodespedirse son las siguientes:
- Falta de probidad del empleador
- Conductas de acoso sexual- Vías de hecho ejercidas sobre el trabajador/a (violencia);
- Injurias proferidas contra el trabajador/a;
- Conducta inmoral del empleador;
- Acoso laboral- Actos, omisiones o imprudencias temerarias del empleador que afecte la seguridad o salud de los trabajadores/as;
- Incumplimiento GRAVE de las obligaciones del contrato ( no pago de remuneraciones, retraso en el pago de remuneraciones, mantener condiciones insalubre o inseguras en el trabajo, no pagar a las cajas de compensación los créditos sociales, no pagar permanentemente cotizaciones previsionales, cambiarme de lugar de trabajo no estando autorizado por el contrato, cambiarme de funciones, bajarme el sueldo, etc.)
5.- Como decíamos, el auto despido generan derechos a favor del trabajador/a. Estos son, entre otros:
Derecho a percibir la indemnización sustitutiva del aviso previo y la indemnización por años de servicio (recargada en un 50% u 80%) si corresponde
- Nulidad del despido, si procediera
- Reclamar otras prestaciones laborales (vacaciones, remuneraciones adeudas, etc.)
6.- El auto despido tiene un procedimiento formal.
- El/la trabajador/a debe comunicar POR ESCRITO a su empleador el término del contrato, indicando el fundamento
- Con copia a la Inspección del Trabajo
- El trabajador/a debe demandar judicialmente sus derechos (se requiere de abogado), dentro de 60 días hábiles contados desde la fecha del autodespido.

Saludos


Rodrigo Albornoz Pollmann
Abogado
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